Del Postconflicto a la transición a la Democracia en Paraguay Rituales de Reconciliación
Diana Arellano
Antropóloga
Universidad Nacional de Misiones
La Organización de Naciones Unidas establece que el proceso de restauración de los principios democráticos en sociedades post-dictatoriales incluye procesos judiciales en tribunales nacionales o internacionales contra los autores individuales de crímenes de lesa humanidad; produce una reforma integral de las instituciones para garantizar la gobernabilidad democrática y, promueve iniciativas de establecimiento de la verdad sobre dichos crímenes –que adquieren generalmente la forma de “Comisiones de Verdad” que recomiendan medidas para la reparación social material y simbólica de las víctimas. En el caso de Paraguay, con el retorno al sistema democrático en 1989, no se realizó ningún tipo de enjuiciamiento al régimen, sólo se imputó en forma individual de “reos rebeldes y contumaces” al General Sabino Augusto Montanaro y del General Alfredo Stroessner, y se libró su pedido de captura internacional en 1989, lo que les valió a ambos el asilo político en países latinoamericanos. No obstante, el régimen de Stroessner no ha sido descalificado por una gran mayoría de la población y –pasada más de una década de su caída- es percibido por un amplio sector como un “endurecimiento necesario” del Partido Colorado en el poder para hacer frente a una época de “peligro comunista”. Las representaciones de los ciudadanos comunes sobre la democracia son en realidad muy endebles. Perciben que el Estado ha cesado con sus actos represivos y permite la actividad política y el retorno de los exiliados pero, asocia la democracia con la agudización de los problemas económicos, la desocupación, la pobreza y el acceso a la tierra que han empeorado dramáticamente. Recién diez años después de la caída del régimen, en 1999 –luego de muchas marchas de protesta y reclamos judiciales- se logró la Ley Nº 838 que establece una indemnización económica para los presos políticos de la dictadura de Stroessner, fijado en una cifra irrisoria que reconoce cada día de cárcel y tormentos como “día laboral perdido”, por lo que se lo compensa con el equivalente de un jornal mínimo, alrededor de seis dólares por día de prisión y, un resarcimiento moral de las víctimas cuya expresión máxima estaría dada por la instalación de una Comisión de Verdad y Justicia. leer ponencia completa

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